El siguiente documento es la respuesta de COARPE (Colegio de Arqueológos del Perú) al caso de Caral y los derechos de propiedad intelectual.
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Cada dia aumenta el numero de personas interesadas en visitar Caral. Muchos de nuestros turistas preguntan si estos hechos ocurridos en el año 2005 estan planamente solucionados, por lo que seria importante que publiquen las ultimos noticias.
Un cordial saludo,
Lorenzo Aguilera
Agencia de Viajes Peru
Posted by: Agencia de Viajes Peru | August 04, 2011 at 11:21 PM
Comunicado del Consejo Directivo Nacional del Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú - COARPE
Se informa a los agremiados que, al amparo del artículo 209º de la Ley 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, se ha interpuesto un Recurso de Apelación para que se declare nula la Resolución Directoral Nacional 436/INC del 03/04/07, por la cual el Instituto Nacional de Cultura suspendió provisionalmente los requerimientos, reconocimientos de constancias y acreditaciones del Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú hasta que se acredite la inscripción de su Consejo Directivo Nacional en la SUNARP.
En los antecedentes de la apelación se ha hecho notar el hecho irregular que la Resolución Directoral Nacional publicitada inicialmente – y que fue distribuida por correo electrónico por un grupo de arqueólogos – lleva el número 443/INC, y está fechada 04/04/2007; es decir, que la misma Resolución se emitió con dos números y en dos fechas diferentes.
Igualmente, se ha dejado constancia que en noviembre de 2006 el COARPE ofició al INC indicándole que todo su personal de arqueólogos que laboran en las dependencias relacionadas con la defensa, protección y/o conservación del Patrimonio Arqueológico a nivel nacional, debía estar debidamente inscrito y habilitado en el COARPE. Es evidente que, con esta acción, el COARPE estaba cumpliendo con su labor de defensa de los derechos de los arqueólogos colegiados y habilitados, así como la del Patrimonio Arqueológico Nacional. En aquella oportunidad, el COARPE remitió, también, la lista de los arqueólogos habilitados para que sea considerada por la Dirección de Arqueología y la Comisión Nacional Técnica de Arqueología del INC.
Al ser informado de los reclamos de un grupo de arqueólogos, que señalaban que el Consejo Directivo Nacional no se encontraba inscrito en los registros públicos, el COARPE envió al INC una copia de la solicitud de inscripción ante la SUNARP.
Sin embargo, el INC, invocando a los artículos 52 y 53 de la Ley 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, dejó en suspenso el reconocimiento de los actos del Consejo Directivo Nacional hasta su inscripción en los Registros Públicos. Asimismo, argumentó que corresponde dicha inscripción conforme a las disposiciones del propio estatuto del COARPE; y fundamentó su Resolución en la citada Ley 27444 y el Reglamento de Organización y Funciones del propio INC.
En los fundamentos de la Apelación se ha indicado que la Resolución del INC contravino al Artículo 2 de la Constitución, por el cual “Toda persona tiene derecho: A asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a Ley. No puede ser disuelta por Resolución Administrativa”. Igualmente, la Resolución del INC contravino a las normas reglamentarias, pues el Reglamento de Organización y Funciones del INC no lo faculta para realizar esta clase de restricciones, por lo que se ha excedido en sus funciones.
Igualmente, la Resolución violó flagrantemente los Principios Administrativos de Legalidad y Razonabilidad, contemplados en los numerales 1.1 y 1.4 del Artículo IV del Título Preliminar de la propia Ley 27444. En el primer caso, se establece que las Autoridades Administrativas deben actuar “dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas”. En el segundo caso, las decisiones de la Autoridad Administrativa cuando “creen obligaciones, califiquen infracciones, impongan sanciones o establezcan restricciones a los Administrados, deben adaptarse dentro de los límites de la facultad atribuida”.
Adicionalmente, se puntualiza que hubo una lista ganadora en las elecciones del COARPE, la que fue reconocida por la Resolución 08-2005 del Comité Electoral Nacional; esto es, que el Consejo Directivo Nacional fue elegido conforme a Ley, a los Estatutos y al Reglamento de Elecciones del COARPE, por lo que goza de las facultades conferidas, al tiempo que se reitera que la inscripción de este Consejo Directivo Nacional se encuentra en trámite en la SUNARP.
Finalmente, se afirma que la elección por votación de los agremiados fue un Acto Constitutivo, por lo que la no inscripción en los Registros Públicos no quiere decir que el Consejo Directivo no exista o no pueda realizar requerimientos. Se recuerda que la inscripción en los Registros Públicos sólo da publicidad al Acto Constitutivo, para hacerlo de conocimiento de terceros, como lo dispone el Artículo 2012 del Código Civil.
Por todo lo anterior, se ha concluido que la Resolución del INC es nula de pleno derecho.
Lima, 19 de abril de 2007
El Consejo Directivo Nacional
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Aclaraciones del Comité Ejecutivo Nacional del Colegio de Arqueólogos del Perú sobre el autoproclamado “Comité de Defensa del COARPE”
Manifestamos nuestra preocupación por los móviles que han llevado a la emisión de la Resolución Directoral Nacional 436/INC del 03/04/07, por la cual el Instituto Nacional de Cultura ha suspendido provisionalmente los requerimientos, reconocimientos de constancias y acreditaciones del Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú hasta que se acredite la inscripción de su Consejo Directivo Nacional en la SUNARP.
Es de público conocimiento que actualmente se viene discutiendo una serie de temas que comprometen directamente al Patrimonio Arqueológico Nacional, como el tratamiento que se dará finalmente al sitio arqueológico de Puruchuco, por el cual se quiere hacer pasar una carretera, o al conflicto surgido últimamente con la construcción del puente Carrilluchayoq dentro del área del Santuario de Machu Picchu.
Es necesario mencionar también el hecho que un grupo de arqueólogos venían siendo cuestionados por actuar como testaferros de otros arqueólogos, nacionales o extranjeros, comprometiendo su firma profesional, y asumiendo incorrectamente la responsabilidad sobre el Patrimonio Arqueológico Nacional que corresponde a los verdaderos ejecutores de los Proyectos Arqueológicos.
Asimismo, el hecho que en el INC existan funcionarios en puestos clave, como la Dirección Nacional Técnica de Arqueología, que no son siquiera licenciados en arqueología y por lo tanto no son colegiados.
Últimamente, en una radio limeña se presentaron los arqueólogos Álvaro Ruiz, Ánderson Chamorro y Gustavo Ramírez para manifestar su distorsionada visión de las cosas, y que va en contra del trabajo de los arqueólogos y la preservación del Patrimonio Cultural de la Nación. Ellos han manifestado que sus actos han buscado la institucionalización del COARPE, pero por lo visto sólo han dado un pretexto aprovechado por el INC para desconocer al Consejo Directivo Nacional.
Al respecto, ellos han manifestado que la elección del actual Consejo fue ilegal, sin especificar que ellos mismos intentaron boicotear el proceso electoral desde antes de su realización – debido a que Ruth Shady se perfilaba como próxima decana – y que el día de las elecciones se dedicaron a aconsejar el voto nulo de los agremiados. El Consejo Directivo anterior observó lo interesado de su accionar, y por ello llevó adelante el proceso.
Gustavo Ramírez tampoco reveló que debido a que se apropió del Libro del Actas del COARPE, el inicio de la gestión de inscripción del nuevo Consejo en los Registros Públicos fue demorado por varios meses.
En todos los casos, ellos se han presentado como víctimas por las suspensiones que recibieron por sus actos. Especialmente Gustavo Ramírez, por la apropiación antes dicha, y Álvaro Ruiz, por sus actitudes prepotentes y matonescas en la Asamblea Nacional de julio de 2006, de la cual fueron testigos todos los asistentes, y que frustró la reunión.
El grupo interesado en que no funcione el Colegio Profesional ha manifestado que los fondos del COARPE están siendo depositados en una cuenta personal. En realidad, es una cuenta mancomunada creada hasta que se proceda a la inscripción en los Registros Públicos. Ellos, incluso, se han atrevido a sugerir que hay malos manejos, cuando todos los agremiados pueden consultar el movimiento económico del Colegio, mes a mes, en la página web del COARPE, y verificar que la disponibilidad de fondos va en aumento, en relación con la meta de adquirir un local propio para el Colegio Profesional, que ahora funciona en una oficina alquilada.
Con la misma mala intención han mencionado la existencia de algún acuerdo entre el Consejo actual y el anterior para cubrir malos manejos. La información que se maneja actualmente sobre la economía del Consejo anterior es de público conocimiento; ya hubo información de la auditoría preliminar, que ha sido publicada por el propio Consejo actual, y se continúa poniendo orden contable, el que se dará a conocer a su término. Así que su acusación no tiene sustento alguno.
Finalmente, Álvaro Ruiz ha manifestado que “no existe facción alguna” dentro del COARPE, y que ellos representan a la gran mayoría de los 700 arqueólogos que lo componen. Al respecto, ya hemos informado repetidamente que el grupo que viene organizando esta campaña de debilitamiento del Consejo Directivo actual, seguramente hasta que sea reemplazado por otro, está compuesto por menos de una docena de arqueólogos. A continuación, un recuento de sus filiaciones y actividades:
1.Arqueólogos peruanos del autodenominado “Colectivo Runa” (que ingresaron a la Escuela de Arqueología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos en 1995, todos compañeros de estudios):
*Álvaro Ruiz Rubio
*Mario Advíncula Zeballos
* Manuel Perales Munguía
*Anderson Chamorro García
*Arturo Noel Espinoza
*Cristián Vizconde García
* Gustavo Ramírez Velazco
2.Jonathan Haas y Winifred Creamer (los arqueólogos norteamericanos que se presentaron falsamente ante el mundo como los descubridores de Caral, en abril de 2001), montaron en el año 2002 el “Proyecto Arqueológico Norte Chico” –PANC– para investigar los orígenes de la civilización en un ámbito que incluía al valle de Supe (valles de Fortaleza, Pativilca, Supe y Huaura). Como las publicaciones y notas que presentaron desde el año 2003 incluyeron los resultados de las investigaciones de Ruth Shady y el Proyecto Arqueológico Caral sin mencionarlos, Ruth Shady los denunció públicamente por plagio intelectual en enero de 2005. Como contraparte peruana para su “Proyecto Arqueológico Norte Chico”, Jonathan Haas y Winifred Creamer contrataron a los siguientes arqueólogos:
*Álvaro Ruiz Rubio (Colectivo Runa)
*Mario Advíncula Zeballos (Colectivo Runa)
*Manuel Perales Munguía (Colectivo Runa)
3.En septiembre de 2005 el Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú conformó su Comité Electoral para la celebración de las elecciones que se llevaría a cabo a fines de ese año. Los integrantes del Comité Electoral fueron los siguientes arqueólogos:
*Presidente: Noe Jave Calderón
*Secretario: Gustavo Ramírez Velazco (Colectivo Runa)
*Primer Vocal: Oscar Tacsa Laura
*Segundo Vocal: Anderson Chamorro García (Colectivo Runa)
*Fiscal: Arturo Noel Espinoza (Colectivo Runa)
4.A la contienda electoral se presentaron dos listas, la Lista 1, encabezada por Ruth Shady e integrada por Walter Alva, entre otros. La Lista 2, denominada “Integración”, y que se retiró de las elecciones pocos días antes de su realización, estaba compuesta por:
* Decana: Denesy Palacios Jiménez.
*Vice decano: Jesús Paul Gordillo Vegazo.
*Tesorero: José Antonio Hudtwalcker Morán.
*Director de asuntos gremiales: Lucy Roxana Linares Delgado.
*Director de asuntos comunales, eventos y difusión: Genaro Barr Argomedo.
*Director de asuntos comunales, investigación y capacitación: Alfredo Mormontoy Atayupanqui.
*Director de servicios de bienestar: Ángel Enrique Sánchez Borjas.
*Director de coordinación regional: Emma Susana Arce Torres.
*Personeros: Luís Felipe Mejía Huamán y Berenice Quintana Olivencia
5.A fines de noviembre de 2005, antes de las elecciones, tres miembros del Comité Electoral renunciaron, alegando diferentes motivos, e inmediatamente empezaron a proclamar la nulidad del proceso, y su vuelta a fojas cero. Como no pudieron impedir que el proceso continuara, se dedicaron a circular mensajes proclamando la nulidad, e incluso se instalaron en las sedes donde se llevó a cabo la votación para recomendar a cada asistente el voto nulo. Los arqueólogos que renunciaron al Comité Electoral fueron:
*Gustavo Ramírez Velazco (Colectivo Runa)
*Anderson Chamorro García (Colectivo Runa)
*Arturo Noel Espinoza (Colectivo Runa)
6.Después de las elecciones, el 9 de diciembre de 2005, el siguiente arqueólogo presentó un recurso de nulidad contra el proceso llevado a cabo, que fue desestimado porque no cumplía con el requisito de ser personero de alguna lista:
*Manuel Perales Munguía (Colectivo Runa y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer)
7.El 29 de diciembre del 2005, los siguientes arqueólogos iniciaron una acción legal contra los anteriores directivos del Colegio, arqueólogos Francisco Iriarte y Noé Jave, acusándolos de haber conducido un proceso electoral irregular, buscando declarar su nulidad de las elecciones y, en consecuencia, su vuelta a fojas cero:
*Arturo Ruiz Estrada (padre de Álvaro Ruiz Rubio y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer en el año 2006)
*Jessica Pareja (ex-tesorera del COARPE, denunciada por faltantes de dinero)
*Emma Susana Arce Torres (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
8. La Asamblea Nacional del Colegio Profesional de Arqueólogos del 8 de julio de 2006, debió ser suspendida por el escándalo que propiciaron los siguientes arqueólogos:
*Álvaro Ruiz Rubio (Colectivo Runa y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer)
*Arturo Noel Espinoza (Colectivo Runa)
9.El 11 de setiembre de 2006 se puso en circulación una “Carta Abierta” que reclamaba la ilegalidad del Consejo Directivo Nacional del Colegio de Arqueólogos, la que fue dirigida al Presidente de la República, Ministro de Educación, Congresistas de la República, Consejo Nacional de decanos de los colegios profesionales, representantes del Instituto Nacional de Cultura, miembros de la orden del COARPE y la opinión pública. Los primeros diez firmante fueron:
*E. Susana Arce Torres (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
*Arturo J. Noel Espinoza (Colectivo Runa)
*José Antonio Hudtwalcker (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
*Mario Advíncula Zeballos (Colectivo Runa y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer)
* Manuel Perales Munguía (Colectivo Runa y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer)
*Alvaro A. Ruiz Rubio (Colectivo Runa y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer)
*Anderson Chamorro García (Colectivo Runa)
*Arturo Ruiz Estrada (Colectivo Runa y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer)
*Genaro Barr Argomedo (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
*Berenice Quintana Olivencia (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
10.En octubre de 2006 se realizó una nueva Asamblea General del Colegio Profesional en la que la siguiente arqueóloga injurió al anterior decano, doctor Francisco Iriarte:
*Berenice Quintana Olivencia (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
11.En febrero de 2007 los integrantes del autodenominado “Comité para la Defensa del COARPE” hicieron circular a nivel nacional un boletín dedicado a atacar al anterior y actual Consejo Directivo del COARPE, llamando a su desconocimiento. Los integrantes del comité son:
*Emma Susana Arce Torres (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
* Genaro Barr Argomedo (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
*Anderson Chamorro García (Colectivo Runa)
*José Antonio Hudtwalcker (integrante de la Lista 2 en las últimas elecciones)
12.En marzo de 2007 el autodenominado “Comité para la Defensa del COARPE” hace circular un comunicado titulado: “Respuesta de Registros Públicos a la solicitud de inscripción de la Junta Directiva del COARPE”, en la que informan de la tacha de la SUNARP a la inscripción de la Junta Directiva. Sugieren a los arqueólogos y la opinión pública la ilegalidad de la Junta Directiva, presentando la situación como definitiva, sin mencionar que las observaciones son hechas para que sean resueltas, pues un Colegio Profesional no puede ser trabado indefinidamente en su funcionamiento, y que estas observaciones se refieren a que el anterior Consejo Directivo Nacional fue elegido en 2003, cuando los Estatutos no habían sido aprobados; acto que recién ocurrió a fines de 2004 y, por tanto, el primer Consejo debió empezar el 2005.
13.En marzo de 2007 el mismo “Comité” difunde el comunicado titulado: “Ruth Shady viene usurpando cargo de decana de Colegio de Arqueólogos - Arqueólogos que denuncian irregularidades son impedidos de ejercer su profesión”. Estas mismas personas continúan con el falso razonamiento. Asimismo, no aclaran que los arqueólogos que fueron suspendidos son ellos mismos, los que perturbaron la realización de las Asambleas Nacionales del Colegio con sus actitudes prepotentes, como son testigos los colegiados que asistieron a ellas.
14.En abril de 2007, el “Comité” envía el comunicado titulado: “INC desconoce a la ilegal directiva del COARPE presidida por Ruth Shady”; anunciando que en adelante “los arqueólogos no tenemos que presentar ante el INC, las habilitaciones u otros documentos emitidos por quienes vienen usurpando el Consejo Directivo Nacional del COARPE, para realizar los tramites en la presentación y autorización de proyectos”. No aclararon que este ilegal procedimiento del INC los beneficia a ellos, involucrados en situaciones que comprometen su ejercicio profesional; no reflexionan tampoco que de este modo se ha abierto la puerta a situaciones fuera del estricto control que debe tenerse en las intervenciones que comprometen el Patrimonio Arqueológico Nacional, como el hecho que otros profesionales no colegiados, nacionales y extranjeros, puedan ejecutar libremente proyectos arqueológicos sin la supervisión profesional correspondiente.
15.El 14 de abril tres arqueólogos se presentaron en una radio limeña para continuar difundiendo su versión distorsionada de la realidad del COARPE:
*Álvaro Ruiz Rubio (Colectivo Runa y arqueólogo del PANC de Haas y Creamer)
*Anderson Chamorro García (Colectivo Runa)
*Gustavo Ramírez Velazco (Colectivo Runa y sustractor del libro de Actas del COARPE)
Esta es, entonces, la facción que ha antepuesto sus intereses y que se presenta en nombre de los 700 arqueólogos inscritos en el COARPE. Los colegas arqueólogos pueden evaluar esta información y extraer sus propias conclusiones.
Lima, 19 de abril de 2007
El Comité Ejecutivo Nacional
Posted by: COARPE | April 22, 2007 at 07:38 PM
Comité de Defensa del COARPE
A los arqueólogos del Perú y a la opinión pública:
Las evidencias de múltiples irregularidades en el funcionamiento del Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú, han motivado que un grupo de sus integrantes, para asegurar la correspondencia entre medios y fines que postula el Estatuto, decidan iniciar acciones para lograr que se respeten las normas que rigen al COARPE y los valores de democracia, honestidad y transparencia en beneficio de sus miembros, del patrimonio arqueológico y de la Nación peruana.
La respuesta de la actual dirigencia a las denuncias y solicitudes para regularizar el funcionamiento de la Institución, ha sido ocultar información y continuar con las trasgresiones como pretender sancionar, sin justificación, a quienes reclaman por las irregularidades. En vez de explicar con objetividad a los miembros del Colegio sobre los actos cuestionados, han difundido una falsa y distorsionada versión, evadiendo pronunciarse sobre hechos y normas, como la denominada Carta Abierta publicada en su página WEB el 2 de octubre de 2006.
Por este motivo, hemos elaborado este folleto, conteniendo una detallada y concreta información sobre la usurpación de títulos y atribuciones, la elección irregular de los Consejos Directivos, la deficiente administración de los recursos económicos y el abuso y arbitrariedad para aplicar sanciones para acallar denuncias. Confiamos que los Arqueólogos, luego de analizar esta información, se unirán a la lucha por tener un digno Colegio Profesional.
USURPACIÓN DE TÍTULOS Y ATRIBUCIONES
El Colegio Profesional de Arqueólogos del Perú fue creado en 1986 por Ley Nº 24575. Después de 18 años, por Decreto Supremo Nº 014-2004 ED se aprobó su Estatuto que entró en vigencia el 2 de Septiembre de 2004. Para la organización del Colegio dispuso la conformación de un COMITÉ TRANSITORIO encargado de elaborar el padrón de inscripciones y el reglamento de elecciones, además de convocar la primera Asamblea Nacional para elegir el Comité Electoral, responsable de la elección de los primeros Consejos Directivos Nacionales y Regionales.
Sin embargo, meses antes de la aprobación del Estatuto, un grupo de personas, sin atribuciones ni representación legal, promovió una reunión para el 6 de diciembre del 2003, en la que un pequeño número de arqueólogos, la mayoría sorprendidos en su buena fe, eligieron un “Consejo Directivo” presidido por Francisco Iriarte, quien fungiendo de Decano comenzó a figurar públicamente y suscribir documentos con ese cargo.
Es de conocimiento general que las normas legales rigen luego de su publicación y no tienen efecto retroactivo.
Si el COARPE inició su funcionamiento en septiembre de 2004 es imposible fáctica y legalmente que antes de esa fecha pudiera elegirse un Consejo Directivo del Colegio.
La información y documentos obtenidos permiten apreciar que los arqueólogos fuimos engañados. Esta conducta ilícita no puede justificarse por ignorancia de las normas. El Sr. Tacsa, principal promotor de este hecho, integraba la comisión estatutaria designada por el Ministerio de Educación y conocía que por mandato de Ley, el Estatuto tenía que aprobarse por Decreto Supremo y no por alguna asamblea, y que en el proyecto de elaboración, se precisaba el procedimiento para elegir los primeros consejos directivos.
Lo expuesto permite suponer que fue intencional no respetar las normas legales, como lo confirma que, UN DÍA DESPUÉS de entrar en vigencia el Estatuto, el 3 de Septiembre de 2004, en vez de propiciar la instalación del Comité Transitorio, los señores Iriarte y Ludeña convocaron a una Asamblea Nacional para convalidar la irregularidad cometida, incluyendo dolosamente en la agenda “reconocer el proceso electoral del 6 de diciembre de 2003 y ratificar al Consejo Directivo 2004-2005.
Con esa misma finalidad, se demoró la elección del Comité Electoral, que fue elegido meses después de lo previsto en el Estatuto, acciones que permitieron mantenerse en los cargos que estaban usurpando hasta el 2006.
El mismo delito de usurpación, tipificado en el art. 362 del Código Penal, lo cometieron las demás personas que actuaron y suscribieron documentos como integrantes del Consejo Directivo Nacional. Deben asumir su responsabilidad por el daño ocasionado a la imagen del Colegio y el tiempo perdido para su organización y están obligados a disculparse por este engaño, sin perjuicio de ser sancionados de acuerdo al Estatuto y de la pena que les imponga el Poder Judicial como consecuencia de la denuncia que se ha presentado al Ministerio Público.
Inexplicablemente, a pesar que conocía los hechos mencionados y que tiene asesoría legal, el actual Consejo Directivo pretendió inscribir en los Registros Públicos al Consejo Directivo presidido por Francisco Iriarte, para lo cual convocaron una asamblea general nacional, realizada el 7 de octubre del año pasado, con el fin que se ratifique su ilegal elección. Para asegurar la aprobación, impidieron el ingreso a varios arqueólogos, alegando que estaban suspendidos, sin ningún proceso o comunicación previa, lo que lograron con el voto de parte de los escasos asistentes.
NULIDAD DE LAS ELECCIONES DEL 3 DE DICIEMBRE DE 2005
Los documentos publicados sobre las primeras elecciones del COARPE muestran las violaciones al Estatuto que generan su insalvable nulidad. Es necesario precisar las irregularidades, para demostrar la falta de sustento de la información colocada en la página WEB del COARPE y la absurda explicación del Sr. Noé Jave, ex Presidente del Comité Electoral, y uno de los principales responsables.
· La sexta disposición transitoria encargó al Comité Transitorio la elaboración del reglamento electoral para las primeras elecciones. NO SE CUMPLIÓ porque Francisco Iriarte no lo convocó. El reglamento tuvo que ser elaborado por el Comité Electoral, pero al no tener esa atribución no tenía validez.
· La séptima disposición transitoria dispuso que el primer Comité Electoral debía tener tres integrantes. NO SE CUMPLIO porque la Asamblea del 27 de agosto de 2005, Presidida por Francisco Iriarte, eligió indebidamente a cinco integrantes ( Noé Jave, Gustavo Ramírez, Oscar Tacsa, Anderson Chamorro y Arturo Noel).
· Francisco Iriarte emitió la Resolución Nº 3- CDN/COARPE, el 10 de Junio de 2005 “reconociendo” a un Consejo Directivo Regional del Norte, antes que se elija al primer Comité Electoral Nacional, violando el Estatuto. Su falta es más grave porque propició y colaboró personalmente con las viciadas elecciones, sin tener atribuciones en materia electoral y estar usurpando el cargo de Decano.
· Fue evidente la intención de convalidar unas elecciones nulas, e impedir que el Comité Electoral Nacional convocara elecciones en esa Región, propósito que logró aprovechando la buena fe de los Arqueólogos del Norte y haciendo incurrir a los que integran el ilegal Consejo Directivo en el delito de usurpación de cargos, porque no fueron elegidos de acuerdo al Estatuto.
· La intención se confirma cuando el Consejo Regional del Norte informa al Comité Electoral Nacional que se había elegido en una Asamblea al Comité Electoral Regional. Sin embargo, el 16 de noviembre de 2005 el Lic. Denis Vargas Salvador, quien figuraba como su Presidente, indico por escrito que no tenía conocimiento de su designación ni de asamblea alguna.
· Las irregularidades descritas en la Región Norte son las que generan los problemas del proceso electoral, porque impedían que los 191 colegiados de esa Región puedan ejercer su derecho de elegir democráticamente a los Consejos Directivos Regional y Nacional.
· Conocidas las irregularidades y ante la proximidad de la fecha fijada para las elecciones, los integrantes del Comité Electoral Arturo Noel, Anderson Chamorro y Gustavo Ramírez solicitaron reiteradamente al Presidente Noé Jave una sesión urgente. Ante su negativa presentaron su renuncia irrevocable solicitando una Asamblea General, pedido que posteriormente formalizaron más de 130 arqueólogos. Estas solicitudes hasta la fecha no tienen respuesta a pesar que el Estatuto las ampara y es el procedimiento democrático para solucionar los problemas internos. Al renunciar cuatro integrantes, el Sr. Tacsa renunció a los pocos días de elegido, real y legalmente dejó de existir el Comité Electoral, que siendo un órgano colegiado no podía funcionar sólo con una persona.
· Sin embargo Noé Jave, “rechazó” las renuncias y continuó con el proceso electoral emitiendo curiosas resoluciones, en nombre de un inexistente Comité Electoral, sin tener ninguna atribución. Su actitud configura también una usurpación de funciones y la violación deliberada de las normas estatutarias.
Los resultados de las elecciones, además de las irregularidades antes expuestas, demuestran el rechazo de la mayoría de los arqueólogos al actual Consejo Directivo Nacional, que no puede exhibir legitimidad ni representación. Ante la negativa de convocar a una asamblea que, como máxima autoridad se pronuncie sobre las denuncias, un grupo de arqueólogos ha solicitado al Poder Judicial la nulidad de las elecciones, proceso que está para sentencia en el 66 Juzgado Civil de Lima.
REGISTROS PÚBLICOS RECHAZA LA INSCRIPCIÓN DE LOS CONSEJOS DIRECTIVOS PRESIDIDOS POR FRANCISCO IRIARTE Y RUTH SHADY
Confirmando las irregularidades del proceso electoral que hemos denunciado y su nulidad, la Oficina Registral de Lima ha rechazado la solicitud presentada por la Arqueóloga Ruth Shady para inscribir a su Consejo Directivo y el reconocimiento y ratificación del seudo Consejo Directivo presidido por Francisco Iriarte, sustentada con el acta de una asamblea, también viciada, realizada el 7 de octubre del año pasado.
El 30 de Noviembre pasado, el Registrador Público tachó el título Nº 571666-2006 al existir defecto insubsanable que afecta la validez de su contenido.
La apelación que presentaron al Tribunal Registral también fue denegada, y el 20 de febrero se produjo la tacha definitiva. Por lo tanto quienes actualmente fungen de dirigentes no tienen ni podrán tener la representación legal del COARPE y continúan incurriendo en el delito de usurpación de funciones.
Para mayor información, transcribimos literalmente algunas de las observaciones del Registrador, con un contundente sustento legal que confirma las denuncias presentadas:
· En la Asamblea Nacional del 7.10.2006, se acuerda la RATIFICACIÓN del Consejo Directivo y no su RECONOCIMIENTO, entendiendo que se trata de subsanar defectos o vicios producidos en las elecciones materia de calificación.
· El D.S. 14-2004-ED, que aprueba el Estatuto, recién entró en vigencia el 2/9/04, en aplicación de su 2da Disposición Final, no pudiendo ejercer funciones un Consejo Directivo Nacional (se refiere al de F. Iriarte) antes de esta fecha, toda vez que no puede haber funcionado un órgano directivo sin el marco del Estatuto. Es importante tener en cuenta que la elección del primer Consejo Directivo Nacional se encuentra regulada en la 2, 4, 5 y 7 disposición transitoria del Estatuto.
· La elección del último Consejo Directivo se realizó con un Comité Electoral incompleto (tres de sus miembros habían renunciado) y no hay norma estatutaria que permita al Comité Electoral sesionar incompleto, por lo que la elección del Consejo Directivo Nacional presidido por Ruth Shady Solís es NULA.
· La Asamblea (del 7/10/06) fue convocada y presidida por Ruth Shady Solís, quien carecía de facultad para ello, por ser nula su elección.
· En el acta no consta la mayoría con que se adopta los acuerdos. Existe discrepancia entre la lista de asistentes y el número de concurrentes que aparecen en el acta, y el de la declaración jurada presentada.
IRREGULARIDADES EN LA GESTIÓN ECONÓMICA
La información colocada en la página WEB del COARPE, por la Sra. Ruth Shady Solís, para mostrar transparencia, sobre el informe de la auditoria de la gestión del Sr. Iriarte, demuestra graves irregularidades en la administración de los recursos aportados por los arqueólogos (del Perú y el extranjero), que confiaron que el proceso de organización del Colegio se estaba desarrollando correctamente.
Las conclusiones del Auditor, contratado para el período 2004 y 2005, indican que no pueden opinar sobre los estados financieros de dichos años porque no existe información registrada y confiable de los ingresos y egresos, los libros no están actualizados ni existen reportes de tesorería y de los bancos. En resumen que hay “carencia de un adecuado sistema de control interno, contable y administrativo”.
Agrega “apreciamos un total desorden del manejo contable y administrativo, impidiendo que formulen y presenten estados financieros veraces, confiables, completos y oportunos debidamente aprobados por el Decano, Tesorero y Contador”, y que “los Directores Ejecutivos denotaron total desconocimiento y experiencia administrativa".
Al respecto debe indicarse que fue el Sr. Oscar Tacsa Laura quien desempeñó la Dirección Ejecutiva de noviembre del 2004 hasta septiembre del 2005, casi todo el período auditado, y que a pesar que en una asamblea realizada el 9 de junio del 2005 su labor fue cuestionada y se pidió su retiro del cargo, actualmente integra el Consejo Directivo Nacional.
Sorprende que siendo el principal responsable del desorden administrativo–económico, no ha sido objeto de sanción por quien funge de Decana, ni ha sido separado del Consejo Directivo como era lo correcto. Por supuesto que ha presentado su renuncia a pesar de las graves acusaciones de la Auditoria.
Se agrava su responsabilidad porque la Auditoria ha observado que la cuenta bancaria del Colegio estuvo a nombre de Oscar Tacsa cuando fue Director Ejecutivo a pesar que era empleado y no Directivo. Lo correcto es que la cuenta de ahorros debe estar a nombre de la Institución y no de personas. No pueden pretender justificar esta irregularidad que subsiste hasta la fecha, alegando que es un problema legal o registral. Se origina porque están usurpando cargos, para los que no han sido elegidos legalmente.
Nadie puede beneficiarse ni reclamar de sus propios errores o violaciones al Estatuto.
La responsabilidad por estas deficiencias también recae en Francisco Iriarte, quien fungía de Decano. Sin embargo, la Sra. Shady Solís conociendo en detalle el informe de Auditoria y que dispuso su difusión, en Asamblea Nacional de octubre del año pasado, respaldó públicamente a Francisco Iriarte agradeciendo “la labor social” de su gestión y por el contrario, cuando una Arqueóloga participante pide en dicha reunión que el Sr. Iriarte rinda cuentas de su gestión, basándose en el informe publicado, decide sancionarla con una suspensión, sin proceso ni comunicación previa. Extraña y contradictoria conducta que no garantiza una administración y control adecuado del Colegio.
LA DESORGANIZACIÓN DEL COARPE
Tiene gran responsabilidad por la mala organización del COARPE el Sr. Oscar Tacsa quien no puede negar su participación en todas las irregularidades detalladas. Inicialmente como Presidente de la APA propició las reuniones previas a la organización, integrando la comisión Estatutaria designada por el Ministerio de Educación. Actuó luego como “Tesorero” de una denominada Comisión Transitoria, que no era el Comité establecido en el Estatuto. Continuó como Director Ejecutivo, integrante del Comité Electoral Nacional y finalmente miembro del Consejo Directivo.
Los hechos demuestran su inadecuado asesoramiento o que no se opuso a las múltiples violaciones del Estatuto, por el contrario las promovió y apoyó. Fue quien propuso para Presidente del Comité Electoral a su íntimo amigo Noé Jave, principal responsable de la nulidad de las elecciones.
ALTO A LA PREPOTENCIA Y ARBITRARIEDAD
La Constitución consagra el derecho a trabajar libremente. La limitación que señala el Art. 20, sobre los casos en que la colegiación es obligatoria, tiene como sustento que los mismos profesionales cautelen el ejercicio ético de la profesión. No es su finalidad que los dirigentes del Colegio Profesional tengan un arma para combatir a quienes exigen legalidad, justicia y cumplimiento de los estatutos, ni que la utilicen como amenaza o intimidación en la discusión de los problemas o asuntos internos relacionados con el funcionamiento administrativo del gremio.
Sin embargo la Sra. Ruth Shady Solís, con el claro propósito de mantenerse con el cargo de Decana, sistemáticamente comenzó a “suspender” a los Arqueólogos que reclaman por el viciado proceso electoral, con la velada intención de impedirles que puedan trabajar en la profesión. Demuestra su prepotencia y arbitrariedad que en ningún caso ha respetado el derecho a debido proceso y la legítima defensa. No le ha importado que el Estatuto disponga que para imponer una sanción es necesario un proceso disciplinario, y que por lo menos debe comunicarse a los involucrados el motivo de la denuncia o la sanción.
Para colmo, se ha negado a recibir o no ha contestado las comunicaciones de los Arqueólogos que con sorpresa se han enterado por una relación en la página WEB que estaban suspendidos, y se ha negado a entregar los certificados de habilitación sin ningún sustento. Por este motivo varios arqueólogos han presentado acciones de amparo ante el Poder Judicial algunas de las cuales han sido admitidas. Ante la orden judicial, en los últimos días y pretendiendo regularizar sus abusos, ha ordenado que el Comité de Ética inicie desesperadamente procesos disciplinarios.
Se olvidó que previamente debe informar los criterios utilizados para elaborar la lista de los “miembros más antiguos y que gocen de reconocida honorabilidad” que dispone el Estatuto para conformar el Comité de Ética, y entre quienes y cuándo se realizó el sorteo para su designación. Seguramente también ha violado los artículos del Estatuto. Además está probado que todos sus actos son nulos por ser ilegal su elección.
Erróneamente, quien funge de Decana, está actuando como si el COARPE fuera de su propiedad, sin recordar que la obligación de un Decano es propiciar la integración de todos los agremiados dentro del respeto a los principios y valores que establece el Estatuto, velando por su prestigio.
CONSIDERACIONES FINALES
Solo hay una solución a la situación que atraviesa el Colegio, y es que, cumpliendo con el Estatuto, se elija un Comité Electoral Nacional que organice el proceso para elegir a los primeros Consejos Directivos Nacional y Regionales, que tengan la suficiente representatividad y legitimidad para que unan a todos los Arqueólogos en la tarea de fortalecer nuestra Institución.
Si permitimos que desde sus inicios se cometan irregularidades que no sean corregidas, el Colegio no tiene futuro y será utilizado para satisfacer intereses ajenos a su creación. Tolerar la prepotencia y arbitrariedad es renunciar a la dignidad profesional.
Si creemos en los valores y principios contenidos en el Estatuto y no somos indiferentes o simples espectadores existe la esperanza de generar un cambio en la arqueología peruana. Por eso hacemos un llamado a los colegas que deseen unirse a este esfuerzo para lograr un Colegio que nos merecemos, y para que nunca más vuelvan a ocurrir estos vergonzosos hechos.
Toda Institución debe agradecer a sus promotores y fundadores que, recogiendo el anhelo común y sin ningún otro interés, trabajaron por su organización y desarrollo.
Pero no merecen reconocimiento quienes, privilegiando sus intereses particulares y deseos de figuración, acceden a cargos o títulos honoríficos sin respetar las normas y procedimientos que ellos mismos elaboraron o propiciaron.
Lima, Febrero de 2007
Coordinación
Lic. Susana Arce Torres
Lic. Genaro Barr Argomedo
Lic. Anderson Chamorro García
Lic. José Antonio Hudtwalcker
Posted by: Comité Defensa del COARPE | March 14, 2007 at 11:48 AM
Saludos,
tuve la oportnidad de vistar caral y la muestra en el banco de la nacion , importante que siga su investigacion y que se defienda la autoria del descubrimiento.
Ademas invitarlos a suscribirse a la comunidad de blogs peruanos
www.blogsperu.com
Posted by: Leuzor | September 14, 2005 at 12:25 PM